La respuesta básica a este interrogante sería textualmente: “depende de cual sea mi objetivo”.
En la definición de ese objetivo, si nos ceñimos a las opciones más habituales y relevantes, podemos resumir las posibilidades a través de cinco preguntas y sus consiguientes respuestas:
1. ¿Queremos que en el propio título y descripción del contrato se explicite que incorpora criterios sociales, ambientales o de género?
Habrá que señalar un objeto del contrato con perspectiva de género o con referencias al objetivo social o medioambiental perseguido. Y de manera añadida justificarlo en el expediente y en las necesidades a satisfacer.
2. ¿Queremos impedir que participen y puedan concursar en la licitación poor ejemplo aquellas empresas que estando obligadas por ley no han diseñado y aplicado un Plan de Igualdad o no cuenten en su plantilla con un 2% de personas con discapacidad?
Se deberá señalar una prohibición para contratar.
3. ¿Queremos exigir como requisito para participar en la licitación que las empresas deberán tener una experiencia o disponer de personal con formación y trayectoria específicas en materia social, de igualdad o medioambiental?
Será preciso incluir un criterio de solvencia técnica y profesional.
4. ¿Queremos obligar a que al menos el 50% de la plantilla que ejecute el contrato sean mujeres, o que se aplique un plan de gestión medioambiental, o que se cumpla el convenio colectivo sectorial o territorial?
Se deberán incluir requerimientos o condiciones especiales de ejecución del contrato.
5. ¿O no queremos obligar, pero sí valorar o puntuar a aquellas empresas que ejecuten el contrato con una plantilla compuesta al menos en un 50% por mujeres, o con un plan de gestión medioambiental, o que cumplan el convenio colectivo aplicable?
Se deben incluir criterios de adjudicación del contrato.
Si abordamos las diferentes opciones procedimentales, podríamos categorizar diferentes y sucesivas fases. Resumimos de forma gráfica la propuesta metodológica para la inclusión de criterios sociales, de género y medioambientales en la contratación pública, conforme a las principales posibilidades legales y procedimentales (hay más, pero hemos optado por simplificar y centrarnos en lo más relevante y de mayor impacto).
| Fase | Descripción | Referencia legal |
| ANÁLISIS Y PREPARACIÓN DE LOS CONTRATOS | Descripción del objeto del contrato con referencias sociales, ambientales o de género [ver] | 44 LFCP |
| Justificación del expediente y necesidades sociales o ambientales a satisfacer | 138 LFCP | |
| Aspectos laborales: Plantilla necesaria y cualificación. Convenio aplicable. Costes laborales [ver] | 43,59, 67 y 105 LFCP | |
| Informe de impacto de género | 40 LFCP | |
| Contratos reservados [ver] | 36 y 38 LFCP | |
| Etiquetas y certificaciones sociales [ver] | 68 LFCP |
| REDACCION DEL PLIEGO Y LICITACIÓN | Prohibiciones para contratar [ver] | 22, 23, 55 LFCP |
| Solvencia técnica [ver] | 17 y 37 LFCP | |
| Criterios de adjudicación [ver] | 64 LFCP | |
| Criterios de preferencia o desempate [ver] | 99 LFCP | |
| Requerimientos. Condiciones especiales de ejecución [ver] | 66, 105, 106 LFCP |
| EJECUCIÓN Y COMPROBACIÓN DE CUMPLIMIENTO [ver] | Calificación de las cláusulas sociales, ambientales y de género como obligaciones contractuales esenciales. [ver] | 59 y 106 LFCP |
| Establecimiento de penalidades y opción de rescisión en caso de incumplimiento. [ver] | 22, 146 y 160 LFCP | |
| Establecimiento de verificadores específicos para cada cláusula. | 158 y 231 LFCP | |
| Asignación de la responsabilidad de comprobación y control a la persona responsable del contrato o la unidad de seguimiento [ver] | 141 LFCP |
